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Dación en pago

La dación en pago, como la que consiguió Wilmer, Ángel Luis y Marcia y la que está negociando Pilar, consiste en la entrega de la propiedad inmobiliaria para satisfacer la deuda contraída con la entidad bancaria que nos facilitó en su día el dinero para poder adquirirla.



En España, la legislación hipotecaria —que data de 1909— no la contempla, excepto que sea acordada por las partes antes de la concesión del préstamo. Sin embargo, en un número aún pequeño de casos las entidades bancarias optan por esta vía si los afectados carecen de ingresos. 



El 9 de marzo de 2012 el Gobierno aprobó un código «voluntario» de Buenas Prácticas para tratar de frenar los desahucios, en el que se propone la dación en pago siempre que se cumplan una serie de requisitos.



- Pulsa aquí para ver el Código de Buenas Prácticas bancarias

- Pulsa aquí para ver la solicitud de dación en pago de un inmueble redactada por la PAH

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